Consejero del Consejo para la Transparencia (CPLT), Marcelo Drago intervino en la Comisiรณn de Salud de la Cรกmara de Diputados que, actualmente, analiza la iniciativa con el fin de resolver algunas de las cuestiones mรกs urgentes que se han evidenciado en el contexto de la pandemia por Coronavirus, como la autorizaciรณn para comunicar identidades de enfermos o manejar listados de contagiados o casos sospechosos
Como un proyecto positivo que viene a llenar una serie de vacรญos regulatorios existentes, calificรณ el consejero del Consejo para la Transparencia (CPLT), Marcelo Drago, la iniciativa que modifica la normativa sobre derechos y deberes del paciente y establece la reserva de la informaciรณn personal contenida en la ficha clรญnica.
El representante del CPLT presentรณ ante la Comisiรณn de Salud de la Cรกmara Baja, instancia que analiza el proyecto, una serie de propuestas que a juicio de la entidad resultan necesarias para enfrentar de mejor manera la ausencia de una regulaciรณn adecuada en materia de datos personales y en especial el tratamiento de los datos de carรกcter sensible, y que se han puesto de manifiesto a partir de la pandemia por Coronavirus en Chile.ย โSi me preguntan si es bueno legislar en esto, contundentemente sรญ. Aquรญ lo que hay es un vacรญo regulatorio, este tipo de informaciรณn es catalogada por la ley como datos sensiblesโ, espetรณ el consejero.
El proyecto busca autorizar en la Ley Nยบ 20.584, de manera expresa y especรญfica, la transferencia de informaciรณn entre las autoridades que necesariamente deban conocer de la poblaciรณn afectada de una pandemia o epidemia, a fin de prevenir el contagio en la poblaciรณn. De ahรญ que la iniciativa propone dicho traspaso de informaciรณn sรณlo podrรก efectuarse entre el Ministerio de Salud, los Servicios de Salud, las SEREMI de Salud, las Fuerzas de Orden y Seguridad, y en el evento de decretarse un Estado de Excepciรณn Constitucional, las Fuerzas Armadas.
Sobre la entrega de identidades de pacientes con Covid-19 a Carabineros y la Policรญa de Investigaciones (PDI), el representante del CPLT detallรณ que actualmente existeย โuna autorizaciรณn legal bien precariaโย โen el Cรณdigo Sanitario-,ย โporque esa norma estรก en el contexto de las autorizaciones sanitariasโ sino mรกs bien โasociada a clausuras de establecimientosโ.ย En tanto en el caso de transferencia de datos personales sensibles a las Fuerzas Armadas, Drago enfatizรณ queย โen el contexto de estado deย excepciรณn no hay una normaโ, por lo que la iniciativa resuelve un vacรญo deย โprimera importanciaโย valorando legislar sobre la materia en particular pero tambiรฉn en general.
Sin embargo,ย en opiniรณn del Consejo, la iniciativa podrรญa ser aรบn mรกs estricta, puesto que la redacciรณn actual permitirรญa que ante cualquier declaraciรณn de un estado de pandemia, por parte de la autoridad, se liberenย datos de ficha clรญnica. Esto, en palabras de Drago,ย podrรญaย โsignificar que esta autorizaciรณn pueda extenderse mรกs allรก de los propรณsitos legรญtimos de situaciรณn extraordinaria y eso implica riegos para la ciudadanรญa por el tratamiento de datos sensiblesโ.ย โNosotros proponemos โdesde el CPLT- restringir la aplicaciรณn de esta autorizaciรณn de estos tratamientos de datos sensibles en los distintos รณrganos del Estado que en el proyecto se seรฑalan, a perรญodos comprendidos dentro estados de excepciรณn constitucional por razones de emergencia sanitariaโ, espetรณ el consejero.
Anonimizar datos o usar pseudรณnimos
Otra materia que aborda el proyecto de ley y que fue destacada por el CPLT ante la Comisiรณn de Salud, es la prohibiciรณn de comunicar pรบblicamente la informaciรณn individualizada, permitiendoย a la autoridad de salud anonimizar โeliminar informaciรณn como el nombre, aquella que permite identificar a la personaโ y pseudonimizar los datos, esto es, reemplazarlos por cรณdigos que limiten su pรบblico conocimiento, para luego usarlos con fines de georeferenciaciรณn como forma de control de la pandemia.ย En estos casos se establece la obligaciรณn de informar al paciente del tratamiento de estos datos, los fines para los cuales se estรกn tratando y las condiciones de ese tratamiento.
Tres principios: finalidad, proporcionalidad y responsabilidad
Tambiรฉn relevante para el Consejo es el establecimiento de tres principios aplicables a este proyecto: el deย “finalidad” del tratamiento de estos datos sensibles โes decir, que sรณlo guarde relaciรณn con el padecimiento de la enfermedad y la sospecha de padecerla teniendo como fin exclusivo el cumplimiento del control sanitario-; el de โminimizaciรณn o proporcionalidad de los datosโ -que podrรญa incorporarse al texto a sugerencia del CPLT- y que apunta a que sรณlo deben utilizarse los datos โque son estrictamente necesariosโ; y el de “responsabilidad”, aplicado tanto a las entidades que entreguen los datos como a aquellas que los reciban.ย Esto con el objetivo deย โdar una seรฑal al sector pรบblico de que esta informaciรณn es delicada, debe utilizarse con los mรกs altos estรกndares de seguridad y que deben establecerse medidas estrictas en su comunicaciรณnโ, finalizรณ Drago.