La modificación a la Ley N°18.302 reduce plazos de hasta 240 a 30 días para ciertos permisos sanitarios, en busca de asegurar acceso oportuno a tecnologías radiactivas en hospitales y centros especializados.
El Congreso Nacional aprobó una indicación que modifica la Ley de Seguridad Nuclear (N°18.302) para reducir los plazos de tramitación de autorizaciones otorgadas por la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CChEN), con foco en servicios de salud críticos.
La norma fue incorporada por el Ejecutivo al proyecto de reajuste de remuneraciones del sector público y quedó despachada a Ley, a la espera de su revisión por el Tribunal Constitucional.
La medida fue aprobada en tercer trámite constitucional por el Senado y la Cámara de Diputados. Su objetivo es actualizar el régimen de autorizaciones radiactivas, estableciendo plazos máximos más acotados, con el fin de garantizar que hospitales, clínicas y centros especializados puedan acceder oportunamente a tecnología indispensable para tratamientos médicos.
En ese contexto, el articulado introduce reglas claras y diferenciadas según el tipo y complejidad de los proyectos, manteniendo los estándares de seguridad nuclear exigidos por la normativa nacional e internacional.
Nuevos plazos para autorizaciones radiactivas sanitarias
La indicación establece que los permisos para instalaciones radiactivas de primera categoría y complejidad estándar, como la radioterapia convencional, pasen de plazos actuales de entre 60 y 240 días hábiles a rangos de 30 a 60 días. Asimismo, fija un plazo máximo de 30 días para resolver autorizaciones especiales que habilitan a personas a trabajar en instalaciones o equipos nucleares o radiactivos, considerando sus condiciones físicas, psíquicas y profesionales.
En tanto, se definen 40 días para trámites como cierre temporal o definitivo, importación o exportación de instalaciones estándar; 120 días para autorizaciones asociadas a instalaciones de alta complejidad según el tipo de material; y hasta 240 días para proyectos de alta complejidad, incluyendo instalaciones sanitarias como ciclotrones.
La normativa también habilita a la CChEN a aplicar el principio de celeridad, permitiendo adelantar la tramitación de permisos cuando sea necesario, sin alterar las exigencias técnicas ni los controles de seguridad, que se mantienen íntegros.
Marco regulatorio y coordinación interministerial
La modificación se enmarca en la implementación de la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales (LMAS), que incorporó plazos, reglas de suspensión y el silencio administrativo aplicables a distintos regímenes regulatorios. En este caso, el proyecto precisa y ajusta esas disposiciones al ámbito específico de las autorizaciones radiactivas, reforzando el principio de seguridad por sobre la sola celeridad administrativa.
La indicación fue trabajada de manera conjunta por el Ministerio de Economía, la CChEN, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Energía, con el objetivo de armonizar la LMAS con las necesidades sanitarias, permitiendo mayor rapidez donde corresponde, sin debilitar los estándares de protección de la salud y del medio ambiente.
El biministro de Economía, Fomento, Turismo y Energía, Álvaro García, señaló que “este avance legislativo es una señal concreta de que el Estado puede modernizar su regulación sin renunciar a los máximos estándares de seguridad”, destacando que la reducción de plazos prioriza autorizaciones con fines sanitarios y responde a necesidades críticas del sistema de salud.
Cabe recordar que, en paralelo, la Comisión de Salud del Senado, presidida por el senador Iván Flores, aprobó por unanimidad la misma indicación presentada en el proyecto específico que modifica la Ley de Seguridad Nuclear.



