Propuesta que fue despachada al Senado, considera una disposición transitoria que hace aplicable la derogación de la ley, solo cuando la reemplace otra normativa para el sector en un plazo de dos años
En noviembre de 2020, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó que se legisle para declarar la nulidad de la Ley 20.657, General de Pesca y Acuicultura. Y, al ser objeto de indicaciones, pasó a consideración de las comisiones unidas de Constitución y de Pesca, para un nuevo informe.

De esta forma, la norma permanente declara “insanablemente nula la Ley 20.657, que modifica en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la Ley General de Pesca y Acuicultura contenida en la Ley 18.892 y sus modificaciones”.
El nuevo artículo transitorio define cuando operará la declaración de nulidad. Así, se establece que ello acontecerá cuando se publique en el Diario Oficial una nueva ley sobre pesca y acuicultura que reemplace a la anterior. En todo caso, se indica que el plazo para ello no podrá ser superior a dos años.
Los autores de la moción original son la diputada Karol Cariola y otros nueve exdiputados. Entre sus consideraciones se observa que, durante la tramitación de la Ley 20.657 (2011- 2013), diferentes sectores cuestionaron su contenido. Además, sostuvieron que hubo una manifiesta presión indebida sobre parlamentarios ejercida por distintos grupos económicos de la pesca industrial.
Debate

Además, expresaron su opinión por RD Jorge Brito. Jaime Sáez y Ericka Ñanco; y por RN Mauro González y Miguel Mellado. Por el PS participaron Leonardo Soto, Daniel Melo y Nelson Venegas; y por el PREP Luis Sánchez, Cristián Araya y Gloria Naivellan. Igualmente hablaron Gaspar Rivas (PDG), Francisco Undurraga (Evópoli), Alexis Sepúlveda (PR), Viviana Delgado (PEV), Camila Rojas (Comunes) y Luis Malla (PL).



