La Ley 21.713 modificó intereses por mora, notificaciones y herramientas de control, mientras el SII profundiza una fiscalización basada en datos. Las medianas empresas enfrentan mayores exigencias de respaldo, trazabilidad y prevención para reducir futuras contingencias tributarias
Las medianas empresas están ocupando un espacio relevante dentro de la fiscalización tributaria en Chile. Durante 2025, el Servicio de Impuestos Internos registró 40.493 contribuyentes en este segmento y realizó sobre ellos 1.237 auditorías y 1.252 revisiones de cumplimiento, según los resultados incorporados en su Plan de Gestión de Cumplimiento Tributario 2026.
El dato adquiere mayor dimensión al mirar dónde se están concentrando los recursos. Grandes empresas, medianas empresas y contribuyentes de altos patrimonios reunieron el 67% de las horas de fiscalización en oficinas, pese a representar apenas el 2,8% del universo de contribuyentes analizado por el organismo. La explicación del SII es directa: su modelo prioriza los casos de mayor impacto de acuerdo con riesgos de incumplimiento detectados mediante análisis intensivo de datos.
Esta mayor capacidad de control coincide con la aplicación de distintas disposiciones de la Ley N° 21.713 de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, que introdujo cambios en intereses, notificaciones y herramientas de fiscalización. La transformación ya se había hecho visible durante la Agenda Tributaria 2026 y los mayores cruces de información del SII, donde la consistencia entre registros y respaldos comenzó a ganar protagonismo.
El costo de atrasarse también cambió
Uno de los efectos más concretos está en los intereses que enfrentan quienes pagan impuestos fuera de plazo. El sistema considera actualmente una tasa de interés penal diaria variable, fijada para cada semestre en función de parámetros definidos por la legislación.
Para el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026, la tasa de interés penal diaria determinada por el SII es de 0,0213888889%, calculada sobre una tasa anual de 7,70%. Durante el primer semestre había sido de 0,0220000000%.
Esto implica que el costo de una mora ya no debe analizarse bajo una tasa invariable y adquiere especial relevancia cuando el problema se origina en un criterio contable que se mantiene durante varios períodos.
“El problema de los errores tributarios es que rara vez se trata de un solo error grande; suele ser un criterio equivocado que se repite mes a mes. Cuando en el SII se encienden las alertas, no hablamos de un solo mes, sino de años de inconsistencias. Ahí el costo se multiplica”, explica Claudia Valdés Muñoz, fundadora de BBSC y especialista en servicios contables y tributarios.
Los plazos de revisión también obligan a mirar más de un ejercicio. El artículo 200 del Código Tributario establece tres años como plazo general para que el SII liquide o revise impuestos, contado desde el vencimiento legal del pago. Puede llegar a seis años tratándose de impuestos sujetos a declaración cuando ésta no fue presentada o fue maliciosamente falsa.
Correos, cruces de datos y nuevas alertas
El cambio no ocurre solamente cuando comienza una auditoría. Desde el 1 de mayo de 2025, el SII estableció el correo de contacto registrado como canal para enviar información relevante para el cumplimiento tributario, incluyendo fiscalizaciones, resultados de procesos, vencimientos y alertas por atrasos. La normativa establece además la notificación electrónica como regla general, con las excepciones contempladas legalmente.
Para una empresa, esto convierte una tarea aparentemente administrativa, mantener correctamente registrado y monitoreado el correo ante el Servicio, en parte de su gestión tributaria. Una comunicación no revisada a tiempo puede reducir los plazos disponibles para preparar antecedentes o responder un requerimiento.
“Muchas empresas todavía tratan la contabilidad como un trámite: emitir, declarar, pagar. El cambio de fondo es que hoy la contabilidad es gestión de riesgo. La pregunta ya no es solo si están las declaraciones al día, sino si la empresa podría explicar y respaldar cada operación si mañana el SII se lo pide”, sostiene Valdés.
La tendencia apunta precisamente hacia una fiscalización más focalizada. Para 2026, el SII anunció alertas en línea para ayudar a detectar errores en procesos masivos, junto con un modelo de gestión que utiliza información y perfiles de riesgo para orientar sus acciones. El avance se suma al uso creciente de tecnología que Poder y Liderazgo abordó al analizar cómo la inteligencia artificial está modificando la fiscalización tributaria y los controles sobre las pymes.
La Ley 21.713 agregó además la figura del denunciante anónimo para delitos tributarios. La norma contempla una retribución equivalente al 10% de la multa aplicada como consecuencia de la investigación cuando se cumplan los requisitos legales y el impuesto defraudado supere las 100 UTA. No se trata, por tanto, de un premio automático por cualquier denuncia.
De la fiscalización a la cooperación
Las nuevas reglas también contemplan una vía distinta a la sanción. La legislación incorporó mecanismos de sostenibilidad tributaria y acuerdos de cooperación que buscan promover una relación preventiva entre empresas y autoridad fiscalizadora.
En febrero de 2026, el SII informó la firma con Enel del primer acuerdo de cooperación con un grupo empresarial bajo el marco de la Ley 21.713. El convenio contempla entrega anticipada de información relevante, mejores prácticas tributarias, controles internos y mecanismos destinados a reducir contingencias fiscales.
El siguiente paso puede afectar directamente al segmento abordado en esta nota. El PGCT 2026 establece la creación de un procedimiento para suscribir acuerdos cooperativos con medianas y pequeñas empresas, utilizando indicadores de sostenibilidad tributaria adaptados específicamente a ellas.
“Las organizaciones que hacen bien la tarea no solo evitan multas, también pueden aspirar a una relación de menor fricción con la autoridad. El punto es que ese camino se construye antes, con asesoría preventiva, no cuando ya llegó la citación”, plantea Valdés.
Para las medianas empresas, la señal que dejan las cifras oficiales es que la calidad del respaldo comienza a ser tan importante como presentar una declaración dentro de plazo. Con más cruces de información, alertas y fiscalizaciones dirigidas por perfiles de riesgo, un error que se repite puede dejar de ser una inconsistencia aislada y transformarse en un patrón detectable por el Servicio.
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