[Opinión] Convención Constituyente: Tiempos cruciales para los Independientes y Pueblos Originarios

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Por: Manuel José Benítez G. Abogado Constitucionalista y Asesor legislativo


Luego de tramitados y despachados por el Congreso Nacional los proyectos de reforma Constitucional sobre  la participación de las Candidaturas independientes y de los Pueblos Originarios en la Convención Constitucional, es momento de analizar en qué situación se encuentran cada uno de estos grupos de cara a la inscripción de candidaturas que tiene como plazo límite el próximo 11 de Enero

Lo primero que cabe de analizar es el tema de los tiempos.

En esto, tanto los Independientes como los Pueblos Originarios recién ahora, faltando menos  de 20 días para que venza el plazo para la inscripción de las candidaturas, tienen claro el escenario legal que tienen para su participación en la Convención Constitucional.

Sin duda que este exiguo plazo para lograr organizarse, conseguir las firmas y los patrocinios correspondientes coloca tanto a los independientes como los Pueblos Originarios en una situación de grave desmedro y desigualdad frente a los Partidos Políticos, los cuales solo tienen que conformar sus listas y presentarlas ante el Servel, sin otro requisito que llevar la firma de la Directiva del Partido Político respectivo.

Sorprendentemente, esta situación no ha amilanado a importantes grupos de independientes que, con gran esfuerzo, están intentando lograr la quijotesca tarea de organizarse, no solo a nivel de distritos sino que también nacionalmente, lo cual, sin duda es una muy refrescante noticia para nuestra democracia, pues confirma que nuestra sociedad civil, pese a todo, se encuentra activa y con muchas ilusiones de participar en el proceso constituyente.

Habrá que ver, luego de inscritas las candidaturas, si entre las distintas listas de Independientes pueden lograr cierta coordinación que impida la “dispersión del voto independiente”, lo cual puede ser  una consecuencia lógica del hecho de que el Congreso Nacional  no les permitió efectuar pactos entre listas,  derecho a formar pactos que si  tienen los Partidos Políticos.

Respecto a los Pueblos Originarios, su participación fue incierta hasta el día 23 de Diciembre del presente año, cuando se promulgo finalmente la ley numero 21.228 que establece una reforma constitucional que determinó  17 escaños reservados para los Pueblos Originarios en la Convención Constitucional.

Al respecto, cabe observar como la participación de los Pueblos Originarios en la Convención Constitucional, fue objeto de una negociación política, que no contó ni con la mas mínima participación de los pueblos originarios, no obstante que, legalmente, lo que correspondía  era formular consulta indígena obligatoria de dicho proyecto, según lo ha establecido la Convención Americana de Derechos Humanos.

En esto también habrá que ver cómo se desarrolla el proceso al interior de cada Pueblo Originario, y qué tan genuina logrará ser la participación de los Pueblos Originarios en la Convención Constitucional  y si estos podrán efectuar los aportes de sus conocimientos ancestrales en la  Constitución que poseerá nuestro país para el futuro.  Esperemos que así sea.


El contenido expresado en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no representa necesariamente la visión ni línea editorial de Poder y Liderazgo.


 

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