Constituyentes aprobaron integrar en la nueva constitución cinco artículos sobre la definición y deber de protección de los bienes comunes naturales, como el agua, y el acceso responsable a la naturaleza
El Pleno de la Convención Constitucional votó los últimos artículos emanados de la Comisión de Medio Ambiente sobre su primer bloque temático referido a los Derechos de la Naturaleza.
Son cinco nuevos artículos que se incluyeron al borrador de nueva Constitución para el país, que definen a los bienes comunes naturales y su protección, así como el acceso responsable a la naturaleza.
Sobre los bienes comunes naturales se aprobaron los siguientes artículos:
Artículo 12 A: Señala que los bienes comunes naturales son el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos y el subsuelo.
Además, establece que son bienes comunes inapropiables el agua en todos sus estados y el aire.
Artículo 12 B: Define el rol de custodio del Estado y sus diferentes deberes, según la clasificación del bien. Sobre los bienes inapropiables se indica que deberá: preservar, conservar y restaurar, así como también, administrarlos de forma “democrática, solidaria, participativa y equitativa”. Mientras que, con los bienes susceptibles de dominio privado, el Estado tendrá la facultad de “regular su uso y goce”.
Artículo 12 C: Establece que cualquier persona podrá exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes naturales. Para ello, la ley determinará el procedimiento y los requisitos de esta acción.
Artículo 12 D: Dispone que el Estado podrá otorgar autorizaciones administrativas para el uso de los bienes comunes naturales inapropiables.

“Las autorizaciones de uso ya no van a entregar propiedad respecto a estos bienes comunes. Habrá una administración equitativa, ecológica y con criterios de responsabilidad, con protección del ciclo hidrológico”, precisó la constituyente.
Uso responsable del agua
“El agua, que es un elemento esencial para la vida, ya no va a ser una propiedad. La importancia de este bien común es el rol de custodio que va a tener el Estado, que va a poder entregar una autorización de uso responsable, que entregue también obligaciones a quienes tengan que utilizar estos bienes comunes”, agregó la coordinadora Camila Zárate.
Siguiendo esa misma línea, el coordinador Juan José Martin enfatizó que “no se le va a quitar el agua a los pequeños propietarios ni a los pequeños agricultores. En ningún caso van a ser desprovistos del agua que hoy día utilizan para su producción”.
Reiteró, para aclarar informaciones que apuntan a que esta norma afectaría a pequeños agricultores, que “no se le está quitando el agua a nadie, sino que están poniendo normas que tienen cabida en cómo funciona la gestión del agua en la mayoría de los países del mundo, a diferencia nuestra”.
Acceso responsable a la Naturaleza
El último artículo aprobado de la jornada corresponde al 19, sobre Acceso responsable a la Naturaleza, en donde se reconoce a todas las personas el “derecho de acceso responsable y universal a las montañas, riberas de ríos, mar, playas, lagos, lagunas y humedales, entre otros que defina la ley”.
El coordinador Martin precisó que “esto no implica que las personas no puedan acceder a espacios naturales de relevancia cultural, deportiva o incluso para recreación, porque la naturaleza es un espacio común para todos los seres vivos”.
“Este artículo constitucionaliza el acceso a este espacio y, además, lo amplía a la montaña, algo especialmente importante en un país como el nuestro; que es una demanda que también salió de muchas organizaciones y donde también se incluyen a los humedales. Así, se permite que las personas accedan a estos espacios de relevancia cultural y educativa”, finalizó.
![[Proceso Constituyente] Convención consagra protección de bienes comunes naturales](https://i0.wp.com/www.poderyliderazgo.cl/wp-content/uploads/2022/04/NATURALEZA-CHILE.png?fit=712%2C365&ssl=1)
El coordinador Martin precisó que “esto no implica que las personas no puedan acceder a espacios naturales de relevancia cultural, deportiva o incluso para recreación, porque la naturaleza es un espacio común para todos los seres vivos”.


