Avanza en su tramitación Proyecto que facilita Reparación baches en calles comunales

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La iniciativa viene a resolver un problema de larga data para las municipalidades, ya que, aunque teniendo medios para reparar pequeños hoyos en calles o aceras, se ven imposibilitados de hacerlo por las limitantes legales que asignan la labor a los Servicios de Vivienda y Urbanización Regionales (Serviu)


Buscando resolver un problema práctico que viven las municipalidades de nuestro país, las Comisiones de Vivienda y de Gobierno Interior aprobaron y despacharon a la Sala un proyecto (boletín 11288) que modifica la Ley 8.946, que fija el texto definitivo de las leyes de pavimentación comunal, con el objeto de facilitar la reparación de los baches.

El diputado Germán Becker (RN) estimó que la propuesta es de un carácter muy simple, pero de gran importancia para los municipios.

“Los municipios van a poder reparar los baches o eventos que hay en las calles, incluso aceras o pedazos de aceras, menores a 50 metros cuadrados, de modo que la gente no tenga mayores problemas. Hasta ahora lo tenía que hacer el Serviu, pero para eso había que licitar, era un problema muy grande, y ahora los municipios van a poder hacerlo y las cosas se van a solucionar más rápido”, enfatizó.

El parlamentario remarcó que, además, las municipalidades van a poder postular también a fondos especiales justamente para poder lograr arreglar estos pequeños problemas que se van produciendo en la vía pública.

En concreto, el proyecto, tal como fue despachado por la Comisión de Gobierno Interior, consta de un artículo único que incorpora en la Ley de pavimentación comunal una norma que excluye de su aplicación a las obras provisorias de emergencia, ejecutadas por las municipalidades.

Para estos efectos, se entenderá por tales aquellas intervenciones en aceras y calzadas tendientes a evitar daños a las personas y los bienes y en que cada intervención no supere los 50 metros cuadrados por bache”.

La calificación de las obras como provisorias de emergencia deberá realizarse por la Dirección de Obras de la respectiva municipalidad con anterioridad a su inicio y, una vez ejecutadas, se informará de ellas al Serviu respectivo.

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