La publicación de la nueva póliza por la CMF cierra la suspensión transitoria del seguro obligatorio, permite reactivar su comercialización y fija un estándar actualizado de coberturas tras la Ley Jacinta, con efectos inmediatos para conductores, aseguradoras y la continuidad de la protección exigida por ley
Desde este 9 de febrero de 2026, las compañías de seguros quedaron nuevamente habilitadas para comercializar el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), luego de que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) depositara la nueva póliza y esta fuera publicada en el Diario Oficial. Con ello, se completó el procedimiento administrativo exigido por la ley para operar bajo las nuevas condiciones establecidas por la Ley Jacinta.
La suspensión se había abierto tras la publicación de la ley, el 7 de febrero, cuando se introdujeron cambios relevantes al seguro, entre ellos el aumento de los montos de las indemnizaciones. Mientras la póliza tipo no estuvo formalmente actualizada y autorizada, las aseguradoras estaban legalmente impedidas de ofrecer el producto, lo que dejó en pausa la venta de un seguro exigido para circular.
Qué cambió y por qué el trámite era clave
La Ley Jacinta modificó las condiciones del SOAP y elevó las coberturas, pero el cambio legal no podía aplicarse automáticamente en el mercado. Era necesario que la CMF depositara y publicara la nueva póliza tipo, un paso indispensable para habilitar su comercialización. Sin ese acto administrativo, no existía un marco operativo válido para emitir nuevos contratos.
Desde la Asociación de Aseguradores de Chile (AACH) señalaron que, una vez cumplido el procedimiento, las compañías quedaron en condiciones de retomar la venta desde hoy, ya bajo las nuevas coberturas exigidas por la ley. En términos prácticos, la decisión destraba un cuello de botella regulatorio y normaliza el acceso a un producto obligatorio para millones de conductores.
Qué ocurre con las pólizas contratadas antes
Un punto central para los usuarios es que las pólizas suscritas con anterioridad mantienen plena vigencia. En línea con lo que ha indicado la CMF, esos contratos siguen rigiendo con las coberturas y condiciones originales, sin verse alterados por la entrada en vigor de la nueva póliza tipo.
Esto fija un corte claro entre contratos antiguos y nuevos: los primeros continúan bajo su marco original; los segundos se emiten con el estándar actualizado definido por la Ley Jacinta, evitando vacíos de protección en el tránsito entre regímenes.
Más que un trámite: señales para el sistema de seguros
El episodio deja en evidencia la dependencia del mercado de los tiempos regulatorios cuando se modifican productos obligatorios. La pausa no respondió a una decisión comercial, sino a una imposibilidad legal de operar sin la póliza autorizada. Con la publicación en el Diario Oficial, el mercado recupera normalidad, pero bajo reglas distintas.
A la vez, el ajuste eleva el piso de protección para las personas y reordena procesos internos de las aseguradoras (información al cliente, tarificación, emisión), en un contexto donde la continuidad del SOAP es crítica para la circulación de vehículos y la cobertura de accidentes.
Lo que viene ahora
Con la nueva póliza ya vigente, el foco se traslada a la implementación práctica: cómo se comunican las nuevas coberturas, cómo se reflejan en precios y qué impacto real tendrán los mayores montos de indemnización en la protección de las víctimas y en el funcionamiento del sistema de seguros obligatorios.
Por ahora, lo concreto es que la venta vuelve a operar con normalidad, bajo un estándar actualizado que combina decisión legislativa, ejecución regulatoria y efectos directos para conductores y aseguradoras.



