Aprueba Programa de Cumplimiento de ENAP Refinerías en Aconcagua

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) aprobó el programa que busca responder a un total de 16 infracciones asociadas al proyecto ubicado en la comuna de Concón, Región de Valparaíso


La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) aprobó el programa de cumplimiento presentado por ENAP Refinerías S.A., propietaria de la Refinería Aconcagua, el cual significa una inversión para la empresa cercana a los 36 millones de dólares y de esta forma concretar una serie de soluciones ambientales.

De resta forma, se busca responder a las  dieciséis infracciones imputadas a ENAP Refinerías S.A. en el procedimiento sancionatorio, donde se destacan la superación de los niveles de emisión de material particulado, monóxido de carbono, dióxido de nitrógeno y dióxido de azufre comprometidos para una de sus calderas; la superación de los niveles de emisión de dióxido de azufre y óxidos de nitrógeno en la Unidad Recuperadora de Azufre (URA) N° 2, el inadecuado control de emisiones de hidrocarburos volátiles provenientes del estanque T-3350 y la no construcción de la URA N° 4. Por otra parte, se imputó el incumplimiento de una serie de compromisos asumidos en relación a emisiones de ruido, lo que se constató en las sostenidas excedencias de los niveles máximos permisibles de presión sonora corregida, tanto en horario diurno como nocturno, y la falta de implementación de medidas comprometidas para el control de emisiones acústicas en la Caldera B-240.

Entre las principales acciones propuestas en el programa de cumplimiento de ENAP para hacerse cargo de las referidas infracciones cabe mencionar aquellas dirigidas a la reducción de emisiones atmosféricas, tales como el cambio del combustible utilizado en la Caldera B-240 por gas natural y el compromiso de no construir la Caldera B-250; así como el cambio en la tecnología del catalizador utilizado en la URA 2, y la activación de un Plan de Acción ante  eventos de variabilidad operacional de la URA que requieran la adopción de acciones adicionales para mantenerse dentro de los niveles comprometidos.

En cuanto a las infracciones asociadas a ruido, se compromete la implementación de paneles acústicos en la zona de motores de turbina y motores anexos de la Caldera B-240, así como la identificación de aquellos equipos asociados a la RCA N° 159/2003 que generen mayores emisiones; contemplándose a su respecto la implementación de medidas de control de emisiones de ruido.

El Superintendente del Medio Ambiente, Cristián Franz señaló al respecto que “el Programa de Cumplimiento presentado por ENAP es el más caro presentado hasta la fecha. Ello demuestra que la estrategia que hemos impulsado de promover y fortalecer el uso de los PdC ha sido la correcta y las empresas han comprendido los beneficios que esto representa. Los titulares de RCA´s prefieren invertir en resolver sus problemas aunque esto sea muy costoso antes que pagar una multa que los dejará en la misma situación de incumplimiento en que se encontraban”.

Cabe hacer presente que, de conformidad al artículo 42 LO-SMA, el procedimiento sancionatorio podrá reiniciarse en cualquier momento, en caso de incumplirse las obligaciones contraídas en el Programa de Cumplimiento, evento en el cual se podrá aplicar hasta el doble da la multa que corresponda a las infracciones originales.

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