Con más de 400 modificaciones, la ley actualiza el sistema de adopción nacional e internacional, incluyendo procedimientos más ágiles, derecho a la identidad y protección frente a la discriminación
Luego de 12 años de tramitación legislativa, la Cámara de Diputados aprobó la Reforma Integral al Sistema de Adopción en Chile, poniendo fin a una deuda histórica con los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA). Con este paso, el proyecto será remitido al Presidente Gabriel Boric para su promulgación como ley de la República.
La nueva normativa, contenida en el boletín 9119, prioriza el interés superior del niño, niña o adolescente, garantizando su derecho a vivir en una familia que le proporcione afecto, cuidado y estabilidad, independientemente de su composición. Asimismo, se elimina cualquier forma de discriminación o prejuicio como causa para declarar la adoptabilidad.
Además de redefinir la adopción como un proceso centrado en el desarrollo integral de los NNA, la ley acorta los plazos de los procesos judiciales, permitiendo que una adopción se concrete en un plazo estimado de dos años, frente a los hasta ocho años actuales.
Derecho a la identidad, representación jurídica y escucha activa
Entre los cambios más significativos, la ley garantiza el derecho de los niños, niñas y adolescentes a conocer su identidad y orígenes biológicos. Esto incluye acceso a la identidad de sus progenitores y hermanos, así como a la historia previa a la adopción.
Otro punto destacado es la representación jurídica gratuita, independiente y especializada para los NNA en todos los procedimientos vinculados a la adopción. Asimismo, se reconoce el derecho a ser oído en cualquier etapa del proceso, otorgando peso legal a sus preferencias, especialmente en relación con la familia adoptante.
La ley también incorpora el procedimiento de adopción por integración, permitiendo que un menor sin contacto con uno de sus progenitores pueda ser adoptado por el cónyuge o conviviente del progenitor con quien vive. También contempla la adopción voluntaria previa o posterior al nacimiento, garantizando el derecho de retractarse.
En casos excepcionales, se habilita que familias de acogida puedan solicitar la adopción del menor que ha estado bajo su cuidado por al menos 18 meses continuos.
Finalmente, la ley deja claro que la situación económica de la familia de origen no puede ser motivo para declarar adoptabilidad, evitando así cualquier discriminación arbitraria.